|
¿Qué es el
empadronamiento?
El padrón municipal es el registro
administrativo donde figuran todos los vecinos que viven o
residen habitualmente en el municipio. Según la ley toda
persona que viva en España tiene la obligación de
empadronarse en el municipio donde resida.
¿Para qué sirve el
empadronamiento?
El empadronamiento será el documento que
acredite el tiempo de permanencia en territorio español,
independientemente de su nacionalidad o de su situación
legal. La inscripción en el Padrón lo acredita como vecino
del municipio. La inscripción se realiza en el Ayuntamiento
correspondiente a la localidad donde usted reside.
¿Cómo
obtener la Tarjeta Sanitaria Individual(TSI) ?
La Tarjeta Sanitaria es el documento
necesario para acceder a los centros y a los servicios y
prestaciones sanitarias. Se trata de un documento individual
e intransferible que sólo podrá ser utilizado por el titular
de la tarjeta. Para obtener este documento es imprescindible
estar empadronado. La Tarjeta Sanitaria se puede solicitar
en el Centro de Salud que corresponda al Municipio donde
reside.
¿Cómo funciona el
Sistema Educativo en España?
En España la escolarización es obligatoria y
gratuita para todas las personas que viven aquí, ya sean
españoles o extranjeros, desde los 6 hasta los 16 años.
Para que sus hijos e hijas puedan ir a la
escuela, antes que nada, es necesario matricularles. Los
centros docentes, durante todo el período de preinscripción
y matriculación (habitualmente meses de marzo y abril),
exponen en el tablón de anuncios sus características
específicas y la información referida a los trámites que se
deben seguir para formalizar la matrícula. La posibilidad de
matriculación se mantiene durante todo el año para aquellos
niños y niñas que se incorporan al sistema educativo español
una vez que ya ha empezado el curso escolar. Para la
preinscripción, debe pedir el impreso en el mismo centro
docente, rellenarlo y presentarlo en el centro escogido en
primer lugar. También se puede pedir y presentar al
Ayuntamiento donde esté situado el centro.
¿Qué personas
extranjeras pueden acceder a la educación no obligatoria?
La educación no obligatoria (bachillerato o
formación profesional específica de grado medio para el
alumnado entre 16 y 18 años)
se reconoce solo a los extranjeros con
permiso de residencia.
¿Cuáles son los
requisitos para acceder a les becas, ayudas para libros y
ayudas de comedor?
Existen convocatorias de ayudas para la
adquisición de libros y material didáctico, becas, que
tienen en cuenta la situación económica en que se encuentra
el alumnado y unos baremos establecidos para otorgar estas
ayudas. También se pueden solicitar ayudas individuales de
comedor o de transporte escolar.
Para informarse de las posibilidades en su
caso en particular debe dirigirse a los Servicios Sociales
de su localidad de residencia o al propio centro escolar.
¿Puedo acceder a las
ayudas sociales de la Administración?
La mayor parte de las ayudas sociales del
Estado español están condicionadas a la residencia legal de
los solicitantes. Estas ayudas sociales pueden ofrecerse
desde la administración local, autonómica o estatal. Cada
una de ellas tiene unos requisitos particulares por lo que
nuestra recomendación es que consulte con los Servicios
Sociales Primarios de su localidad que podrán informarle de
aquellas a las que puede acceder desde su condición.
¿Qué puedo hacer si me
quiero devolver a mi país y no tengo dinero?
La Secretaria per a la Immigració
gestiona el retorno voluntario a través de dos
organizaciones:
La Organización Internacional para las
Migraciones (OIM)
Creu Roja
Barcelona
Este programa
incluye el pago de gastos de regreso al país
de origen de los refugiados, desplazados, solicitantes de
asilo, personas bajo la protección de Estado por razones
humanitarias o de otra índole, inmigrantes indocumentados en
situación irregular e inmigrantes con permisos de residencia
y trabajo.
Los interesados en acogerse al programa deben cumplir los
siguientes requisitos mínimos:
-Encontrarse
en situación de carencia y vulnerabilidad social.
-Residir
en España por un tiempo no inferior a seis meses.
¿A dónde debo dirigirme
si estoy interesado en acogerme al Programa de Retorno
Voluntario?
A los servicios sociales del ayuntamiento del
municipio donde esté empadronado, o a cualquier entidad
privada (ONG o entidad sin ánimo de lucro) que disponga de
un trabajador social colegiado.
¿Y el retorno que
aprobó el Gobierno Español en qué consiste?
El
Gobierno Español acaba de aprobar el decreto por el que
establece el pago anticipado de la prestación contributiva
por desempleo a trabajadores extranjeros no comunitarios que
retornen voluntariamente a sus países de origen. Para poder
acceder a esta nueva medida, los interesados deberán cumplir
los siguientes requisitos:
-Estar
inscritos como demandantes de empleo en el Servicio Público
de Empleo correspondiente.
-Hallarse
en situación legal de desempleo como consecuencia de la
extinción de la relación laboral
-Tener
reconocido el derecho a la prestación por desempleo de nivel
contributivo, sin compatibilizarlo con un trabajo a tiempo
parcial.
-Asumir
el compromiso de retornar a su país de origen y el de no
retornar a España en el plazo de tres años para residir y/o
realizar una actividad lucrativa o profesional por cuenta
propia o ajena.
-No
estar incurso en los supuestos de prohibición de salida del
territorio nacional previstos en la legislación de
extranjería.
La solicitud, tramitación, reconocimiento y pago de la
prestación se realiza en el
Servicio Público de Empleo Estatal
¿Dónde me puedo
asesorar sobre mis derechos en el aspecto laboral?
Dirigase a los
Centros de Información y Asesoramiento
Sociolaboral para Inmigrantes de la Comisión Ejecutiva
Confederal de UGT:
UGT-CATALUÑA
Rambla de Santa Mónica, 10
Barcelona
Tel.: 93 3046842
UGT-ARAGÓN
C/ Costa, 1 / Zaragoza
Tel.: 976 700 100
|